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El Tribunal Supremo modifica su criterio sobre la nulidad en la plusvalía municipal

  • Foto del escritor: suleica su
    suleica su
  • 17 ago 2024
  • 1 Min. de lectura

El Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), comúnmente conocido como la plusvalía municipal, es un impuesto del sistema tributario local que grava el incremento de valor que experimentan los terrenos urbanos, y que se pone de manifiesto a consecuencia de su transmisión.

Para el cálculo, se parte de la base de que el valor del terreno (exista edificación o no) se incrementa a medida que pasa el tiempo. Es por eso, que se obliga al contribuyente a devolver al erario público parte del beneficio obtenido por el incremento del valor del terreno cuando este se transmite. Al ser de ámbito municipal, cada ayuntamiento establece unos porcentajes distintos a fin de determinar el valor actualizado de la vivienda, por lo que el impuesto a pagar varía dependiendo de dónde se encuentre el inmueble correspondiente.


La disyuntiva surge en casos como los que empezaron a aflorar con la crisis económica, en los que muchos ciudadanos se vieron obligados a vender su propiedad a un precio muy inferior al adquirido. El problema se puso de manifiesto cuando los contribuyentes -muchos de ellos arruinados y transmitiendo con pérdidas- debían pagar igualmente el impuesto de plusvalía, sin que se tuviera en cuenta que con la operación habían sufrido pérdidas.

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